Autoridad Legal
Defensa Penal de Tráfico 24 Horas

Abogado de Urgencia para Delitos Contra la Seguridad Vial

Especialistas en la defensa técnica de delitos de tráfico. Actuamos con urgencia para proteger tus derechos y minimizar consecuencias penales.

Defensa Premium desde 780€ para el supuesto base (IVA y Procurador incluidos). Sistema de pago seguro tipo Booking: el dinero se retiene y solo se libera tras el juicio. Financiación a 12 meses.

Juicios Rápidos Inmediatos
Pago en Custodia Seguro
Abogado de Guardia 24/7

Defensa Premium frente a Juicios Rápidos

Ofrecemos una defensa penal integral con tarifas cerradas desde 780 € (base 644,63 € + IVA 135,37 €) hasta 1.480 € (IVA y procurador incluidos) para el supuesto base. Los supuestos de mayor complejidad llevan recargos fijos y tasados, comunicados siempre por escrito y por adelantado. Utilizamos un sistema de depósito seguro donde el pago se custodia y solo se libera al finalizar el procedimiento judicial, ofreciendo máxima transparencia y financiación flexible hasta doce meses.

Asistencia 24 Horas en 129+ Municipios

Buscador de Cobertura Jurídica por Servicio y Municipio

Ofrecemos asistencia legal urgente 24h en toda el área metropolitana y municipios de Cataluña. Seleccione la especialidad y busque su localidad para acceder a la página de su juzgado competente.

Dirección Jurídica Verificada

La dirección jurídica de la plataforma está a cargo del letrado Santiago Giménez Olavarriaga, especialista en seguridad vial y alcoholemias. Ejerce la defensa directa ante tribunales penales, coordinando la estrategia procesal y asegurando una asistencia inmediata y presencial de urgencia las veinticuatro horas del día en comisarías.

Santiago Giménez Olavarriaga

Abogado Colegiado ICAB 31.389

Plataforma autorizada y colegiada para el ejercicio del derecho penal y de seguridad vial en toda la provincia de Barcelona.

Preguntas Frecuentes sobre Delitos Contra la Seguridad Vial

Resolvemos de forma transparente sus dudas sobre la defensa penal en delitos contra la seguridad vial, costes, honorarios, cobertura geográfica y procedimiento legal ante los Juzgados de Instrucción.

¿Cuánto cuesta defenderme?

El precio base es cerrado: 980 € (IVA y Procurador de los Tribunales incluidos). Es el importe de los supuestos ordinarios; si el caso requiere más trabajo (por ejemplo, accidente con heridos, tramitación como juicio ordinario o interposición de recursos), el coste puede incrementarse, y siempre te lo comunicamos por escrito y por adelantado, sin cargos ocultos. Ofrecemos facilidades de pago.

¿Qué incluye el precio?

Incluye los honorarios completos del abogado penalista especialista en seguridad vial, los derechos de representación del Procurador de los Tribunales, el 21% de IVA y toda la gestión administrativa del procedimiento urgente de guardia.

¿Puedo pagar a plazos?

Sí, dispones de facilidades de financiación inmediata hasta en 12 meses. En caso de que la operación de financiación sea rechazada, aplicamos nuestro protocolo de salvamento 60/40: un 60% inicial para bloquear y activar el servicio urgente y el 40% restante a los 30 días.

¿En cuánto tiempo me atiende un abogado?

Disponemos de un servicio de guardia 24/7. Tras activar tu solicitud, nos comprometemos a que un abogado especialista te contacte con la máxima urgencia, habitualmente en menos de 2 horas en horario laboral, o a primera hora del día si el incidente ocurre durante la madrugada.

¿En qué municipios y juzgados actuáis?

Prestamos asistencia presencial de urgencia in situ en los 129 municipios y ante los órganos de guardia de los 25 partidos judiciales de la provincia de Barcelona, incluyendo la Ciutat de la Justícia, Badalona, L'Hospitalet de Llobregat, Sabadell, Terrassa y Rubí.

¿Sois un despacho colegiado o un directorio?

Somos una firma jurídica colegiada dirigida por el letrado ejerciente Santiago Giménez Olavarriaga (colegiado ICAB nº 31.389). El pago de los honorarios queda retenido de forma segura en custodia y solo se libera al abogado asignado tras la celebración efectiva del juicio, con derecho a reembolso del importe si el abogado asignado no comparece.

¿Qué pasa si me niego a soplar?

La negativa a someterse a las pruebas de detección es un delito autónomo de desobediencia grave (artículo 383 del Código Penal). Conlleva de forma obligatoria penas de prisión de 6 a 12 meses y la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años, una sanción penal significativamente más severa que la del propio positivo de alcoholemia ordinario.

Especialidad: alcoholemiaMás información
¿Es delito conducir tras consumir drogas aunque no note efectos?

No de forma automática. La detección de sustancias en saliva acredita únicamente presencia, pero no influencia. Para que concurra delito penal, el atestado policial debe detallar síntomas objetivos de afectación psicológica o motora en la conducción. De lo contrario, se tramita como una infracción administrativa con multa de 1.000 € y detracción de 6 puntos. Autoridad Legal impugna de forma sistemática los atestados que equiparan la mera presencia residual con la influencia.

Especialidad: drogasMás información
¿A partir de qué velocidad es delito y no multa?

Se considera delito (artículo 379.1 del Código Penal) cuando el conductor excede el límite permitido en más de 60 km/h en vías urbanas o en más de 80 km/h en carreteras interurbanas. Cualquier exceso por debajo de estos umbrales objetivos se sanciona exclusivamente por vía administrativa ordinaria.

Especialidad: velocidadMás información
¿Conducir sin carnet es delito o multa?

Es un delito penal contra la seguridad vial (artículo 384 del Código Penal) conducir tras haber perdido la totalidad del saldo de puntos de la DGT, por estar privado de licencia por mandamiento judicial, o por no haber obtenido jamás el carné. No obstante, circular con el permiso caducado por falta de renovación psicotécnica o poseer una licencia extranjera pendiente de homologar administrativa constituye únicamente una infracción de tráfico común.

Especialidad: sin-carnetMás información
Si me retiran el carnet, ¿puedo seguir trabajando como transportista?

No. La pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor impuesta en sentencia judicial firme es continua, absoluta e ininterrumpida las 24 horas del día. El ordenamiento penal español prohíbe de forma taxativa conceder licencias parciales o exenciones temporales para el ejercicio de actividades laborales o de reparto. Dado que perder el permiso puede habilitar a la empresa a un despido objetivo, nuestra firma valora agotar todas las vías de defensa —incluida la oposición en juicio ordinario cuando existe recorrido jurídico—, lo que además puede posponer la firmeza de la pena de privación del permiso mientras se resuelve el procedimiento.

Especialidad: profesionalesMás información